No tenemos el video de la actuación ayer de todas las bandas en la Plaza de Les Conserveres porque la TPA tiene todos los derechos reservados y nadie puede grabar o fotografiar ese acontecimiento excepto que no sea exclusivamente para uso personal. No se pueden poner ni imágenes ni videos en blogs o webs.
Hola moderadora:
ResponderEliminarLo que comentas del uso de las imágenes, supongo que te refieres a las emitidas por TPA. Si las imágenes, o videos, los has capturado tú, no tienes ningún problema. Recuerda que el acto fue público y libre, y por lo tanto no tienes ninguna restricción en ése aspecto.
Un saludo
José Antonio
No José Antonio, cuando una, en este caso, cadena de televisión, se hace eco de un acto público, pide o exige que no haya más grabaciones.
ResponderEliminarSe pueden hacer a título personal pero nunca públicas.
Esto es más o menos como las exclusivas pero en pequeñito.
El recinto era público y la entrada libre. Es cierto. Pero al haber una televisión para grabarlo y posiblemente haber contribuído económicamente al evento, el recinto se convierte en "privado".
Te lo estoy explicando yo pero mejor podría hacerlo Panín que está más puesto en esto.
A mí me dijo ayer que NO porque no se podía, me dió los motivos y aunque me jorobaron los entendí.
Un saludo Jose Antonio.
Encantado de comentar contigo! Lo que no puedes hacer es comercializar esas imágenes, pero ponerlas en un blog, sin problemas. Lo que ha adquirido RTPA son los derechos de explotación de las imágenes, ni más ni menos. Espero que no haya sido Alain el que te lo haya dicho...
ResponderEliminarSaludos
José Antonio
Si no se obtienen remuneraciones en las páginas o blogs donde se emiten las imágenes no existe ningún problema para publicar tanto imágenes como vídeos. Legalmente es así, documéntate.
ResponderEliminarNo José Antonio, no me lo ha dicho Alain si no una persona bastante más enterada que Alain de estos temas.
ResponderEliminarNo obstante, cada uno que haga lo que quiera. Yo simplemente doy una axplicación del porqué mi marido no ha grabado ese video.
No hay más.
Un saludo José Antonio
Te prometo que con esto acabo; te adjunto un enlace con una sentencia del Tribunal Supremo, contra la decisión de un Ayuntamiento de "exclusivizar" (perdón por el palabro) un acto público. En los fundamentos de derecho, destaca ésta frase: "El ejercicio de la libertad de expresión y del derecho a la información no tiene otros límites que los fijados explícita o implícitamente en la Constitución, que son los demás derechos y los derechos de los demás. Te adjunto el enlace de la sentencia, por si le quieres echar un vistazo:
ResponderEliminarhttp://sentencias.juridicas.com/docs/00270157.html
Saludos, y disculpa la pesadez...
José Antonio
Si hay alguien en este mundo que no es pesado eres tú José Antonio.
ResponderEliminarPuede que la Ley contemple lo que dices pero para cuando un juez te de la razón te las han hecho pasar putitas.
A ver si consigues que por esa regla de tres podamos grabar los plenos anda. Que así de paso nos reímos todos.
Un saludo mi buen amigo
La sentencia que te he enviado es sobre la grabación de plenos... y es del Supremo!
ResponderEliminarESpero que sea de ayuda...
Un saludo y gracias por los buenos comentarios.
José Antonio
P.D. No puedo irme sin decir... que no me gusta nada de nada el cartel de las Fiestas de San Félix.
Pero que historias os traeis para justificar tonterias otros blog del carreño ya publicaron fotos ayer, di mejor que no estubiste que es la verdad
ResponderEliminarYo no estoy hablando de blogs INDECENTES que jamás han cumplido la Ley de Derechos de Imagen. Esos se pasan la Ley por el forro de... las narices.
ResponderEliminarPreciosa la actuacion en les Conserveres, lastima lo que hay detras de nuestra bandina que loo enturvia todo
ResponderEliminarAnónimo de las 17:46, deja de enturBiar tú no vayan a terminar reconociéndote por la ortografía.
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