martes, 10 de junio de 2014

Nota de prensa de Foro Carreño

Susana Corredor: “Hemos presentado una detallada propuesta de presupuestos al equipo de gobierno que demuestra bien a las claras nuestra predisposición a negociar en beneficio de los vecinos”

·      “Nuestra propuesta recoge aspectos que consideramos básicos para cualquier negociación y que son de primera necesidad para Carreño”

La Portavoz de FORO en Carreño, Susana Corredor, ha hecho público que “hemos presentado una detallada propuesta de presupuestos al equipo de gobierno que demuestra bien a las claras nuestra predisposición a negociar en beneficio de los vecinos”; Corredor explica que “nuestra propuesta recoge aspectos que consideramos básicos para cualquier negociación y que son de primera necesidad para Carreño”.

Este es el texto íntegro de la propuesta:

PROPUESTA PRESUPUESTOS 2014

AYUNTAMIENTO DE CARREÑO

Desde Foro y tras el estudio de la propuesta presentada por el PSOE el pasado día 23 de mayo, presentamos la siguiente propuesta:

Ingresos:

-      Adaptación de los impuestos y tasas a los planteamientos presentados por Foro en el debate de ordenanzas:

A)   En relación con el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).-

 1º) Una bonificación en la cuota del 50% del impuesto para todos aquellos que adquieran, construyan o establezcan su vivienda habitual en la zona rural del municipio, durante cinco años, conforme a lo dispuesto en el art. 74.1 del TRLHL

2º) Aumento de la actual bonificación de un 25% a las familias numerosas, hasta un 90% si los rendimientos netos no exceden de 15.000€ anuales de la unidad familiar,  y eliminar el requisito de ser titular de otro inmueble. Esta bonificación sólo afectaría a la vivienda habitual donde se encuentre empadronada la mencionada familia, en virtud del art. 74.4 del TRLHL

Se deben de establecer nuevos baremos en función de los ingresos de la unidad familiar, así , la bonificación del 90% se aplicaría a familias con tres o más hijos con ingresos inferiores a los 15.000 euros, estableciéndose en 24.000 euros con cuatro o más hijos y 30.000 euros con tres el límite para aplicar el 75% de bonificación. La siguiente escala sería de 30.000 euros para las familias de 4 o más hijos y 36.000 euros para aplicar el 50% de bonificación en la cuota del IBI. Mantener la bonificación del 25% para todas las familias independientemente de los ingresos.

3º) Bonificación del 50% en la cuota para todos aquellos inmuebles que instalen sistemas de energía renovable, conforme a lo previsto en el art. 74.5 del TRLHL

4º)  Que junto con la modificación de las ordenanzas fiscales para el año 2013, que regulan los tributos y precios públicos, se establezca como Anexo en la Ordenanza Fiscal, la posibilidad de crear una línea de ayudas para el próximo año, al efecto de contribuir al pago del IBI de la vivienda habitual (ya sea mediante compensación o descuento) de las familias más desfavorecidas, desempleados, pensionistas perceptores de prestaciones no contributivas además de las rentas con ingresos inferiores a 15.000 euros en la unidad familiar . Para ello, será necesario regular una Convocatoria pública, establecer un plazo y que las ayudas mencionadas se determinen antes de comenzar el período de pago voluntario de este impuesto.

B) En relación al Impuesto de Actividades Económicas (IAE):

1º)  Se debe de fomentar no sólo la instalación sino la permanencia de las empresas en nuestro territorio, por ello se plantea la bonificación que señala el art. 82.2.a del TRLHL

Como se encuentra establecido legalmente en el art. 82.b del TRLHL, los dos primeros años, se está exento del pago de este impuesto, y la bonificación del 50% se refiere a los cinco años siguientes, debiendo regularse por la Corporación el alcance y límites en la correspondiente ordenanza fiscal.

2º) Es necesario establecer medidas que contribuyan al fomento del empleo, sobre todo en las empresas consideradas como medianas y grandes que quedan en el concejo, en virtud del art. 88.2.b

La bonificación se aplicará a la cuota resultante, con los siguientes baremos:

-          De 1 a 3 empleados un 10% de bonificación.

-          De 4 a 10 empleados un 20% de bonificación.

-          De 11 a 20 empleados un 30% de bonificación.

-          De 21 a 30 empleados un 40% de bonificación.

-          Más de 30 empleados un 50% de bonificación.

3º) Se sugieren a su vez dos bonificaciones potestativas previstas en el art. 88.2.c., al efecto de fomentar actividad económica en el municipio y propulsar el traslado de empresas que están en la zona urbana a los polígonos industriales, alguno de los cuales está prácticamente vacío, con una bonificación del 50 % de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que:

Utilicen o produzcan energía a partir de instalaciones para el aprovechamiento de energías renovables o sistemas de cogeneración.

A estos efectos, se considerarán instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables las contempladas y definidas como tales en el Plan de Fomento de las Energías Renovables. Se considerarán sistemas de cogeneración los equipos e instalaciones que permitan la producción conjunta de electricidad y energía térmica útil.

Realicen sus actividades industriales, desde el inicio de su actividad o por traslado posterior, en locales o instalaciones alejadas de las zonas más pobladas del término municipal.

La aplicación de las mencionadas  bonificaciones podrá ser simultánea.

C)   En relación al Impuesto de Instalaciones, Construcciones y Obras (ICIO) :

Una bonificación de hasta el 90 % a favor de las construcciones, instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de los discapacitados.

El porcentaje de bonificación que se plantea para estas situaciones será del 50% en aplicación a la ley.

En segundo lugar, como método de gestión del otorgamiento de licencias para instalaciones, obras menores y reformas, y de cara al cobro previo de este impuesto, se solicita que se establezca el sistema de licencia rápida

D)  Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.-

Nuestra propuesta al igual que en ejercicios anteriores pasaba por la congelación, en este momento el equipo de gobierno propone que las cuotas a aplicar permanezcan establecidas en las mismas cuantías que para el año 2013.

E)   Impuesto sobre el Incremento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Urbana).-

Se propone adaptar las determinaciones y prescripciones para el cálculo de este impuesto, al objeto de que la cuota resultante, por término medio, resulte idéntica a la que se debería de aplicar en el año 2013.

SEGUNDA.- TASAS.-

La enmienda que se plantea desde FORO consiste en la congelación de todas ellas. De la anterior propuesta se exceptúan:

A)   1.- Ordenanza Fiscal Nº 104. Tasas por Prestación de Servicios en los Cementerios Municipales: Se propone un incremento del IPC interanual en torno al 1,5 %. Esta tasa en el 90% de los casos es abonada por las compañías aseguradoras de decesos, y no incide en el ciudadano.

     2.- Ordenanza Fiscal Nº 115. Tasa por Prestación del Servicio de Retirada de Vehículos de la Vía Pública: Por razones obvias de incremento de precios de combustibles, se propone modificar esta tasa en el IPC.

B)   1.- Ordenanza Fiscal Nº 103. Tasa por el otorgamiento de licencias de apertura de establecimientos o realización de las actividades administrativas de control en los supuestos en los que la exigencia de licencia fuera sustituida por la presentación de declaración responsable o comunicación previa : Conforme a lo manifestado en ejercicios anteriores optamos por la supresión y la adaptación a la directiva europea.

      2.- Ordenanza Fiscal Nº 107. Tasa por Suministro de Agua a Domicilio : Conforme a lo manifestado en ejercicios anteriores optamos por la congelación así como por la reducción del consumo doméstico mínimo de 30 m3 a 20 m3.

      3.- Ordenanza Fiscal Nº 118. Tasa por el otorgamiento de Licencias para la corta de arbolado, extracción y transporte de madera por caminos municipales, así como regulación básica de la actividad dentro del municipio de Carreño, supresión de la ordenanza, tal y como manifestamos en el pasado ejercicio y por tanto votamos en contra de su incorporación en ese momento. (El juez admitió a trámite las alegaciones de ASMADERA)

TERCERA.- PRECIOS PÚBLICOS.-

Se propone aplicar el IPC del 1,5 % a todos los precios públicos, excepto:

A)   1.- Ordenanza Fiscal Nº 201. Precio Público por la Prestación del Servicio de Transporte Público, dada la importancia de este servicio y la necesidad de su mantenimiento.

      2.- Ordenanza Fiscal Nº 204. Precio Público por la Prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio , dada la especial trascendencia de este servicio y las personas a las que va dirigido, y las condiciones económicas de los usuarios (fundamentalmente pensionistas con rentas bajas).

      3.- Ordenanza Fiscal Nº 206. Precio Público por Prestación del Servicio de Escuela Infantil de Primer Ciclo. (0 a 3 años) : Esta ordenanza fue actualizada antes de finalizar el curso escolar conforme al precio recomendado por el Gobierno del Principado de Asturias.

Para estos concretos servicios se propone la congelación de los precios.

B) 1.- Ordenanza Fiscal Nº 205.  Tasa por el servicio de celebración de matrimonios civiles e inscripción en el registro municipal: La tasa aplicable fuera del horario laboral del Ayuntamiento de Carreño, será igual a la cuantía del coste del personal que tuviera que acompañar a la Alcalde o edil que autorice el mencionado enlace matrimonial.

Gastos:

-      Reestructuración de la Mancomunidad suprimiendo las duplicidades en la línea que desde Foro se ha venido manifestando, manteniendo la piscina como servicio viable y necesario, entre otros.

-      Reducción del gasto en Tratamiento de Residuos, por la vía de la modificación del servicio siempre y cuando haya una relación entre dicha modificación en el mismo y el descuento en el precio final que suponga un ahorro real y la petición de otros presupuestos para el tratamiento de residuos.

-      Reconstrucción de la Capilla de San Antonio, tal y como manifestamos, vía moción, el pasado mes de diciembre.

-      Aumento de la partida para el Fomento de Empleo

-      Reducción del gasto corriente, así como de las partidas de energía eléctrica, agua y combustibles y carburantes, mediante una valoración de los precios actuales, así como otra serie de gastos susceptibles de reducción como los gastos en limpieza de edificios contratados con empresas de limpiezas y personal externo, entre otros.

-      Creación de aparcamientos.

-      Adaptación de los pasos de peatones suavizando la pendiente de los mismos.

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