Susana Corredor: “Hemos presentado una detallada propuesta
de presupuestos al equipo de gobierno que demuestra bien a las claras nuestra
predisposición a negociar en beneficio de los vecinos”
· “Nuestra
propuesta recoge aspectos que consideramos básicos para cualquier negociación y
que son de primera necesidad para Carreño”
La Portavoz de FORO en Carreño, Susana Corredor, ha hecho
público que “hemos presentado una detallada propuesta de presupuestos al equipo
de gobierno que demuestra bien a las claras nuestra predisposición a negociar
en beneficio de los vecinos”; Corredor explica que “nuestra propuesta recoge
aspectos que consideramos básicos para cualquier negociación y que son de
primera necesidad para Carreño”.
Este es el texto íntegro de la propuesta:
PROPUESTA PRESUPUESTOS 2014
AYUNTAMIENTO DE CARREÑO
Desde Foro y tras el estudio de la propuesta presentada por
el PSOE el pasado día 23 de mayo, presentamos la siguiente propuesta:
Ingresos:
- Adaptación de
los impuestos y tasas a los planteamientos presentados por Foro en el debate de
ordenanzas:
A) En relación con
el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).-
1º) Una bonificación
en la cuota del 50% del impuesto para todos aquellos que adquieran, construyan
o establezcan su vivienda habitual en la zona rural del municipio, durante
cinco años, conforme a lo dispuesto en el art. 74.1 del TRLHL
2º) Aumento de la actual bonificación de un 25% a las
familias numerosas, hasta un 90% si los rendimientos netos no exceden de
15.000€ anuales de la unidad familiar, y
eliminar el requisito de ser titular de otro inmueble. Esta bonificación sólo
afectaría a la vivienda habitual donde se encuentre empadronada la mencionada
familia, en virtud del art. 74.4 del TRLHL
Se deben de establecer nuevos baremos en función de los
ingresos de la unidad familiar, así , la bonificación del 90% se aplicaría a
familias con tres o más hijos con ingresos inferiores a los 15.000 euros,
estableciéndose en 24.000 euros con cuatro o más hijos y 30.000 euros con tres
el límite para aplicar el 75% de bonificación. La siguiente escala sería de
30.000 euros para las familias de 4 o más hijos y 36.000 euros para aplicar el
50% de bonificación en la cuota del IBI. Mantener la bonificación del 25% para
todas las familias independientemente de los ingresos.
3º) Bonificación del 50% en la cuota para todos aquellos
inmuebles que instalen sistemas de energía renovable, conforme a lo previsto en
el art. 74.5 del TRLHL
4º) Que junto con la
modificación de las ordenanzas fiscales para el año 2013, que regulan los
tributos y precios públicos, se establezca como Anexo en la Ordenanza Fiscal,
la posibilidad de crear una línea de ayudas para el próximo año, al efecto de
contribuir al pago del IBI de la vivienda habitual (ya sea mediante
compensación o descuento) de las familias más desfavorecidas, desempleados,
pensionistas perceptores de prestaciones no contributivas además de las rentas
con ingresos inferiores a 15.000 euros en la unidad familiar . Para ello, será
necesario regular una Convocatoria pública, establecer un plazo y que las
ayudas mencionadas se determinen antes de comenzar el período de pago voluntario
de este impuesto.
B) En relación al Impuesto de Actividades Económicas (IAE):
1º) Se debe de
fomentar no sólo la instalación sino la permanencia de las empresas en nuestro
territorio, por ello se plantea la bonificación que señala el art. 82.2.a del
TRLHL
Como se encuentra establecido legalmente en el art. 82.b del
TRLHL, los dos primeros años, se está exento del pago de este impuesto, y la
bonificación del 50% se refiere a los cinco años siguientes, debiendo regularse
por la Corporación el alcance y límites en la correspondiente ordenanza fiscal.
2º) Es necesario establecer medidas que contribuyan al
fomento del empleo, sobre todo en las empresas consideradas como medianas y
grandes que quedan en el concejo, en virtud del art. 88.2.b
La bonificación se aplicará a la cuota resultante, con los
siguientes baremos:
- De 1 a 3 empleados un 10% de
bonificación.
- De 4 a 10 empleados un 20% de
bonificación.
- De 11 a 20 empleados un 30% de
bonificación.
- De 21 a 30 empleados un 40% de
bonificación.
- Más de 30
empleados un 50% de bonificación.
3º) Se sugieren a su vez dos bonificaciones potestativas
previstas en el art. 88.2.c., al efecto de fomentar actividad económica en el
municipio y propulsar el traslado de empresas que están en la zona urbana a los
polígonos industriales, alguno de los cuales está prácticamente vacío, con una
bonificación del 50 % de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que
tributen por cuota municipal y que:
Utilicen o produzcan energía a partir de instalaciones para
el aprovechamiento de energías renovables o sistemas de cogeneración.
A estos efectos, se considerarán instalaciones para el
aprovechamiento de las energías renovables las contempladas y definidas como
tales en el Plan de Fomento de las Energías Renovables. Se considerarán
sistemas de cogeneración los equipos e instalaciones que permitan la producción
conjunta de electricidad y energía térmica útil.
Realicen sus actividades industriales, desde el inicio de su
actividad o por traslado posterior, en locales o instalaciones alejadas de las
zonas más pobladas del término municipal.
La aplicación de las mencionadas bonificaciones podrá ser simultánea.
C) En relación al
Impuesto de Instalaciones, Construcciones y Obras (ICIO) :
Una bonificación de hasta el 90 % a favor de las
construcciones, instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso
y habitabilidad de los discapacitados.
El porcentaje de bonificación que se plantea para estas
situaciones será del 50% en aplicación a la ley.
En segundo lugar, como método de gestión del otorgamiento de
licencias para instalaciones, obras menores y reformas, y de cara al cobro
previo de este impuesto, se solicita que se establezca el sistema de licencia
rápida
D) Impuesto sobre
Vehículos de Tracción Mecánica.-
Nuestra propuesta al igual que en ejercicios anteriores
pasaba por la congelación, en este momento el equipo de gobierno propone que
las cuotas a aplicar permanezcan establecidas en las mismas cuantías que para
el año 2013.
E) Impuesto sobre el
Incremento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Urbana).-
Se propone adaptar las determinaciones y prescripciones para
el cálculo de este impuesto, al objeto de que la cuota resultante, por término
medio, resulte idéntica a la que se debería de aplicar en el año 2013.
SEGUNDA.- TASAS.-
La enmienda que se plantea desde FORO consiste en la
congelación de todas ellas. De la anterior propuesta se exceptúan:
A) 1.- Ordenanza
Fiscal Nº 104. Tasas por Prestación de Servicios en los Cementerios
Municipales: Se propone un incremento del IPC interanual en torno al 1,5 %.
Esta tasa en el 90% de los casos es abonada por las compañías aseguradoras de
decesos, y no incide en el ciudadano.
2.- Ordenanza
Fiscal Nº 115. Tasa por Prestación del Servicio de Retirada de Vehículos de la
Vía Pública: Por razones obvias de incremento de precios de combustibles, se
propone modificar esta tasa en el IPC.
B) 1.- Ordenanza
Fiscal Nº 103. Tasa por el otorgamiento de licencias de apertura de
establecimientos o realización de las actividades administrativas de control en
los supuestos en los que la exigencia de licencia fuera sustituida por la
presentación de declaración responsable o comunicación previa : Conforme a lo
manifestado en ejercicios anteriores optamos por la supresión y la adaptación a
la directiva europea.
2.- Ordenanza
Fiscal Nº 107. Tasa por Suministro de Agua a Domicilio : Conforme a lo
manifestado en ejercicios anteriores optamos por la congelación así como por la
reducción del consumo doméstico mínimo de 30 m3 a 20 m3.
3.- Ordenanza
Fiscal Nº 118. Tasa por el otorgamiento de Licencias para la corta de arbolado,
extracción y transporte de madera por caminos municipales, así como regulación
básica de la actividad dentro del municipio de Carreño, supresión de la
ordenanza, tal y como manifestamos en el pasado ejercicio y por tanto votamos
en contra de su incorporación en ese momento. (El juez admitió a trámite las
alegaciones de ASMADERA)
TERCERA.- PRECIOS PÚBLICOS.-
Se propone aplicar el IPC del 1,5 % a todos los precios
públicos, excepto:
A) 1.- Ordenanza
Fiscal Nº 201. Precio Público por la Prestación del Servicio de Transporte
Público, dada la importancia de este servicio y la necesidad de su
mantenimiento.
2.- Ordenanza
Fiscal Nº 204. Precio Público por la Prestación del Servicio de Ayuda a
Domicilio , dada la especial trascendencia de este servicio y las personas a
las que va dirigido, y las condiciones económicas de los usuarios
(fundamentalmente pensionistas con rentas bajas).
3.- Ordenanza
Fiscal Nº 206. Precio Público por Prestación del Servicio de Escuela Infantil
de Primer Ciclo. (0 a
3 años) : Esta ordenanza fue actualizada antes de finalizar el curso escolar
conforme al precio recomendado por el Gobierno del Principado de Asturias.
Para estos concretos servicios se propone la congelación de
los precios.
B) 1.- Ordenanza Fiscal Nº 205. Tasa por el servicio de celebración de
matrimonios civiles e inscripción en el registro municipal: La tasa aplicable
fuera del horario laboral del Ayuntamiento de Carreño, será igual a la cuantía
del coste del personal que tuviera que acompañar a la Alcalde o edil que
autorice el mencionado enlace matrimonial.
Gastos:
-
Reestructuración de la Mancomunidad suprimiendo las duplicidades en la
línea que desde Foro se ha venido manifestando, manteniendo la piscina como servicio
viable y necesario, entre otros.
- Reducción del
gasto en Tratamiento de Residuos, por la vía de la modificación del servicio
siempre y cuando haya una relación entre dicha modificación en el mismo y el
descuento en el precio final que suponga un ahorro real y la petición de otros
presupuestos para el tratamiento de residuos.
- Reconstrucción
de la Capilla de San Antonio, tal y como manifestamos, vía moción, el pasado
mes de diciembre.
- Aumento de la
partida para el Fomento de Empleo
- Reducción del
gasto corriente, así como de las partidas de energía eléctrica, agua y
combustibles y carburantes, mediante una valoración de los precios actuales,
así como otra serie de gastos susceptibles de reducción como los gastos en
limpieza de edificios contratados con empresas de limpiezas y personal externo,
entre otros.
- Creación de
aparcamientos.
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