Vamos a ver si explicamos las cosas como son : yo no se si la periodista del faro se inventa las cosas o si la señora Amelia las cuenta mal el caso es que en la prensa no se puede engañar asi a las personas . Lo primero que me llama la atencion de la noticia es el titular:Un tribunal dirimira...... !que raro verdad que todo en este concejo se tenga que dirimir via judicial ;casa del faro , casa de la familia desalojada, pgou etc etc etc , esto lo unico que demuestra es el caracter "conciliador " de este ayuntamiento con sus vecinos. Intentare explicarselo a la periodista o a la señora Amelia: Ese edificio no se construyo en el 38 sino antes en 1910 y la concesion de costas no se dio en 1938 para construir el edificio QUE YA ESTABA CONSTRUIDO sino para reforzar y rellenar un muro de piedra que hay por detras para protegerlo del mar. Despues del tragico suceso el consistorio no requirio nada a los propietarios ,les envio una carta diciendoles si querian demolerlo o rehabilitarlo ,a lo que los propietarion contestaron que rehabilitarlo. dias despues el ayuntamiento envia otra carta dando un plazo de 10 dias para realizar las obras y es en ese momento en el que la propiedad le dice al ayuntamiento que como , y con que garantias va a realizar una obra sin contar con los permisos necesarios de costas contra los que se esta pleiteando.( el ayuntamiento mandaba ejecutar las obras). El principado tampoco fijaba la canalizacion del saneamiento por detras del edificio ni su derribo (como dice la noticia)cuando se presento la segunda fase de la reforma del paseo maritimo , sino que el paseo maritimo en esa segunda fase discurriria precisanente por detras del edificio y bordeando la bahia de peran sin tocar el edificio. El ultimo parrafo de la noticia no tiene desperdicio (os animo a que lo leais con atencion y os dareis cuenta como actua y funciona realmente este ayuntamiento).Dice el parrafo que el edificio no es la primera vez que es motivo de litigios ( cierto)ya que el POLA lo incluia dentro del dominio publico maritimo terrestre y una SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS LO OBLIGABA A MODIFICAR LOS PLANOS PARA SACAR AL INMUEBLE DE ESA CATEGORIA. Pues bien mas adelante y con una sentencia en contra el ayuntamiento en la elaboracion del PGOU VUELVE (pasandose la sentencia por el forro) a incluir dicho edificio como de dominio publico-maritimoterrestre. En fin esta es la realidad y me gustaria que la contrastaseis por favor con la noticia ,os ayudara a entender como funciona este ayuntamiento y esto de la prensa . Gracias y un saludo. P.D. RECORDAR EL AYUNTAMIENTO SE PUEDE PERMITIR EL LUJO DE SALTARSE LAS SENTENCIAS CUANDO SE LE APETECE A EL RESTO DE VECINOS NI SE OS OCURRA.
Vamos a ver si explicamos las cosas como son : yo no se si la periodista del faro se inventa las cosas o si la señora Amelia las cuenta mal el caso es que en la prensa no se puede engañar asi a las personas .
ResponderEliminarLo primero que me llama la atencion de la noticia es el titular:Un tribunal dirimira...... !que raro verdad que todo en este concejo se tenga que dirimir via judicial ;casa del faro , casa de la familia desalojada, pgou etc etc etc , esto lo unico que demuestra es el caracter "conciliador " de este ayuntamiento con sus vecinos.
Intentare explicarselo a la periodista o a la señora Amelia: Ese edificio no se construyo en el 38 sino antes en 1910 y la concesion de costas no se dio en 1938 para construir el edificio QUE YA ESTABA CONSTRUIDO sino para reforzar y rellenar un muro de piedra que hay por detras para protegerlo del mar.
Despues del tragico suceso el consistorio no requirio nada a los propietarios ,les envio una carta diciendoles si querian demolerlo o rehabilitarlo ,a lo que los propietarion contestaron que rehabilitarlo. dias despues el ayuntamiento envia otra carta dando un plazo de 10 dias para realizar las obras y es en ese momento en el que la propiedad le dice al ayuntamiento que como , y con que garantias va a realizar una obra sin contar con los permisos necesarios de costas contra los que se esta pleiteando.( el ayuntamiento mandaba ejecutar las obras).
El principado tampoco fijaba la canalizacion del saneamiento por detras del edificio ni su derribo (como dice la noticia)cuando se presento la segunda fase de la reforma del paseo maritimo , sino que el paseo maritimo en esa segunda fase discurriria precisanente por detras del edificio y bordeando la bahia de peran sin tocar el edificio.
El ultimo parrafo de la noticia no tiene desperdicio (os animo a que lo leais con atencion y os dareis cuenta como actua y funciona realmente este ayuntamiento).Dice el parrafo que el edificio no es la primera vez que es motivo de litigios ( cierto)ya que el POLA lo incluia dentro del dominio publico maritimo terrestre y una SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS LO OBLIGABA A MODIFICAR LOS PLANOS PARA SACAR AL INMUEBLE DE ESA CATEGORIA. Pues bien mas adelante y con una sentencia en contra el ayuntamiento en la elaboracion del PGOU VUELVE (pasandose la sentencia por el forro) a incluir dicho edificio como de dominio publico-maritimoterrestre.
En fin esta es la realidad y me gustaria que la contrastaseis por favor con la noticia ,os ayudara a entender como funciona este ayuntamiento y esto de la prensa . Gracias y un saludo.
P.D. RECORDAR EL AYUNTAMIENTO SE PUEDE PERMITIR EL LUJO DE SALTARSE LAS SENTENCIAS CUANDO SE LE APETECE A EL RESTO DE VECINOS NI SE OS OCURRA.