martes, 18 de octubre de 2016

Pero por lógica HAY UN CULPABLE

Yo cada vez entiendo menos a la justicia. Ni entro ni salgo en si tienen razón cuando dicen que el joven no cometió imprudencia ninguna. Pero lo que queda claro porque así lo dicen es que la causa del accidente fue debida AL EXCESIVO INFLADO DE LAS RUEDAS.
Bueno, ya tenemos un culpable: QUIEN LAS INFLO. Ya sea un taller o el propio joven. TODOS sabemos la importancia de las ruedas así que… el que no sepa los kilos que debe meter en cada una… que se atenga a las consecuencias… Graves consecuencias en este caso.
Lo que me queda claro es que la joven que murió no tuvo culpa de su muerte.

3 comentarios:

  1. No entiendo lo que copio a continuacion, ¿que quiere decir que ni aun yendo a 88 o 99 kmh es una imprudencia en esa curva?

    Los magistrados insisten en que en virtud de las pruebas practicadas y de las declaraciones de los diferentes peritos que comparecieron en el juicio el conductor procesado no circulaba a más velocidad de la permitida. "Incluso en el más desfavorable de los casos la velocidad máxima a la que viajaba cuando se adentró en la curva era de 88 o 99 kilómetros por hora, por lo que la infracción se encuentra muy distante de la imprudencia temeraria, ya que lo único que consta es el trazado de una curva a velocidad excesiva pero no superior a la permitida en el tramo de la vía en el que tuvo lugar el accidente".

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    Respuestas
    1. Yo tampoco lo he entendido. Este caso para mí ha sido excesivamente raro de principio a fin.
      Pero hay dolor por medio así que no voy a comentar más.

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  2. Si la causa ha sido el inflado excesivo de los neumáticos debería buscarse al culpable ya que los daños son muy graves: una muerte.

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