Bueno, ya tenemos un culpable: QUIEN LAS INFLO. Ya sea un taller
o el propio joven. TODOS sabemos la importancia de las ruedas así que… el que no
sepa los kilos que debe meter en cada una… que se atenga a las consecuencias… Graves
consecuencias en este caso.
Lo que me queda claro es que la joven que murió no tuvo culpa
de su muerte.
No entiendo lo que copio a continuacion, ¿que quiere decir que ni aun yendo a 88 o 99 kmh es una imprudencia en esa curva?
ResponderEliminarLos magistrados insisten en que en virtud de las pruebas practicadas y de las declaraciones de los diferentes peritos que comparecieron en el juicio el conductor procesado no circulaba a más velocidad de la permitida. "Incluso en el más desfavorable de los casos la velocidad máxima a la que viajaba cuando se adentró en la curva era de 88 o 99 kilómetros por hora, por lo que la infracción se encuentra muy distante de la imprudencia temeraria, ya que lo único que consta es el trazado de una curva a velocidad excesiva pero no superior a la permitida en el tramo de la vía en el que tuvo lugar el accidente".
Yo tampoco lo he entendido. Este caso para mí ha sido excesivamente raro de principio a fin.
EliminarPero hay dolor por medio así que no voy a comentar más.
Si la causa ha sido el inflado excesivo de los neumáticos debería buscarse al culpable ya que los daños son muy graves: una muerte.
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