La Asociación de Vecinos de Xivares “El Tranqueru” quiere hacer pública su satisfacción por la recientemente publicada sentencia del Tribunal Supremo que suspende cautelarmente el Plan de Utilización de Espacios Portuarios (PUEP) en lo que se refiere al Concejo de Carreño y por tanto a los terrenos del Alto de Aboño y las Playas de Peña María y Xivares.
La sentencia es plenamente coincidente con las tesis del Defensor del Pueblo Español que, ya en 2008, emitió un dictamen en el que apoyaba claramente la postura vecinal y que motivó que el Ayuntamiento elevara recurso contra esa orden FOM/297/2008 que se promulgó sin el preceptivo Estudio de Impacto Ambiental. Dictamen en el que además la Defenduría reclamaba la “alternativa cero” por la afección la población.
La Asociación entiende que esta es la ocasión oportuna para que la Autoridad Portuaria de Gijón (APG) y el Ministerio de Fomento reconozcan su error y den marcha atrás definitiva al proyecto. Por lo menos así evitarán el bochorno que les supondrá el futuro dictamen de la Sala 8ª que estudia ese recurso. Dictamen que entendemos que no puede tener otro sentido distinto del que ofrece esta suspensión cautelar.
Queremos poner de manifiesto que las fuentes citadas en prensa (supuestamente la Autoridad Portuaria de Gijón y el Consejero Buendía) o bien están mal informadas (no han leído la suspensión cautelar) o, lo que sería peor, son tendenciosas y pretenden intoxicar y confundir a la población. Dicen esas “fuentes” que “el Estudio de Impacto Ambiental existe”. Claro que existe, se realizó el pasado año 2009. Pero ese Estudio de Impacto Ambiental (para desmontar Aboño) no es el estudio al que se refiere la sentencia.
El estudio al que se refiere la sentencia es el del procedimiento de Ampliación del PUEP. Su carencia es tan grave que está en contra de la ordenación de la Ley 9/2006 de 28 de abril sobre Evaluación de los efectos de determinados Planes y Programas en el Medio Ambiente. La sentencia de suspensión cautelar si entra al fondo de la cuestión, es más, hace constar que tanto la APG, como el Ministerio de Fomento, como el Ayuntamiento de Gijón son conocedores de la no realización de ese Estudio de Impacto Ambiental en el procedimiento administrativo que dio lugar a la orden FOM/297/2008 que ampliaba el PUEP a los terrenos de Carreño.
El tribunal Supremo lo sabe y así lo ha hecho constar. Como hemos leído en prensa, esas “fuentes” parecen querer poner en tela de juicio el conocimiento del Alto Tribunal a la hora de dictar esta suspensión cautelar. A nuestro parecer lo que hacen esas “fuentes” es poner de manifiesto o bien su ignorancia o bien su mala fe.
La Asociación quiere reclamar que se repongan a su estado original los edificios, lavaderos y otros elementos que fueron ilegalmente demolidos con la prepotencia que ha venido caracterizando las actuaciones de la APG en este asunto. Esperemos que el Ayuntamiento depure responsabilidades.
Fdo.: La Junta Directiva de la A.VV. de Xivares “El Tranqueru”
y en su nombre, Javier Rubio, vicepresidente y portavoz.
Muy bien. Todo mi apoyo a estos vecinos
ResponderEliminarY los... hijos de satanás del ayuntamiento pretendiendo ponerse las medallas de lo que han conseguido otros... ¡trabajar cojones! que os pasáis el día de juega
ResponderEliminar