1º Sobre lo dicho en comisión municipal y a lo que se remite
el portavoz del PP constantemente. Lo dicho en la comisión es lo siguiente:
"La representante de la Fundación responde que los Ayuntamientos deben de
tener un centro de depósito de animales que puede ser propio o no. Es cierto
que esa necesidad existe en la mayoría de los Ayuntamiento pero no es ésa la
idea que mueve a esta Fundación, si bien entendemos que se puede dar un
servicio al Ayuntamiento pero nunca se trataría de un servicio municipal.
Tratado el tema con los vecinos de la zona, éstos han manifestado la necesidad
de tener un sitio donde llevar los perros que aparecen abandonados."
De esas palabras el señor José Ramón Fernández, llega a unas
extrañas y creemos que malintencionadas conclusiones de que es un negocio
veterinario y no un centro de recogida de animales abandonados.
De la parte: Es
cierto que esa necesidad existe en la mayoría de los Ayuntamiento pero no es
ésa la idea que mueve a esta Fundación se concluye lo que hemos repetido hasta
la saciedad, que no nacemos como un servicio supramunicipal ni nos mueve la
idea de contratar con ayuntamientos asturianos, porque no somos un servicio
supramunicipal, ni un negocio en busca de contratos municipales.
De la parte: si bien entendemos que se puede dar un servicio
al Ayuntamiento [de Carreño] pero nunca se trataría de un servicio
municipal. intentaremos aclararle el
significado, aunque, debido a los años de calumnias y difamaciones que llevamos
soportando de éste señor, nos cuesta creer que no haya mala fe en sus palabras,
pero por si fuera ignorancia de la ley 13/2002 del Principado de Asturias le
aclaramos el significado de estas palabras:
El artículo 18 en su punto 2 recoge que: Al final de un
plazo de ocho días hábiles, si el animal no ha sido reclamado será considerado
como abandonado y pasará a propiedad municipal, pudiéndose adoptar por la
autoridad municipal competente alguna de las siguientes medidas:
a) En las zonas indemnes de rabia, la guarda y cuidado de
los animales hasta el límite de plazas de acogida de la misma. Tras la inspección
veterinaria se podrán ceder los animales a fundaciones o asociaciones de
protección y defensa de animales que dispongan de un refugio idóneo o a
particulares. Si el Veterinario constata la necesidad, se procederá al
sacrificio del animal.
Un servicio municipal puede ceder o no, los animales a
fundaciones o asociaciones, pero también tiene abierta la puerta a sacrificar
los animales después del plazo legal de ocho días hábiles (la ley usa
claramente la palabra sacrificio, no eutanasia por enfermedad incurable y
dolorosa que se aplica para evitar sufrimiento al animal, en lo que estaríamos
de acuerdo), esto es: un servicio municipal puede, matar los perros y gatos
después de ocho días hábiles porque así se lo permite la ley (nos guste o no).
Al señor José Ramón Fernández, le parecerá que estamos locos PERO ESTAMOS
RADICALMENTE EN CONTRA DEL SACRIFICIO DE ANIMALES, aunque sean feos, viejos o
no sirvan para cazar.
Si nuestra entidad presta servicio al Ayuntamiento de
Carreño, una clausula para nosotros irrenunciable es que después de los ocho
días hábiles el Ayuntamiento CEDERÁ (no podrá ceder a su libre albedrío) los
animales a nuestra entidad. No estamos dispuestos a recoger los animales
abandonados, cuidarlos durante ocho días y que el Ayuntamiento tenga la potestad
de sacrificarlos y quemar sus cadáveres sin que concurran las circunstancias de
enfermedad incurable y dolorosa, porque nosotros creemos en la adopción de
animales.
Si con tanto insistir en este punto, lo que pretende es
poder dejar abierta a la matanza de perros y gatos abandonados en Carreño en
caso de llegar a la alcaldía, con nosotros que no cuente para ser cómplices de
semejante barbaridad.
Sí sobre el proyecto, le parece que disponer de un lugar
donde bañar y cortar el pelo a los perros abandonados, disponer de un lugar
donde el veterinario los pueda vacunar, disponer de un quirófano donde el
veterinario los pueda operar, disponer de unas salas donde se puedan recuperar
después de la cirugía, lo convierte en un negocio solo podemos entender que es
porque no considera dignos de tener esos espacios para los animales abandonados
que recogemos (vaya, a su entender el proyecto es demasiado bueno para chuchos
callejeros), de nuevo no ha entendido el concepto Protectora de Animales.
Quizás se mueve en un mundo en el que todo son sillones y
billetes y por ello pudiera concluir: ¿cómo alguien va a hacer algo bueno si no
es un negocio?, pero hay otro mundo que se mueve en términos de solidaridad y
altruismo, como es el nuestro.
2º En cuanto al asunto de la competencia desleal, antes de
salir en prensa diciendo una seria de barbaridades basándose en una nota mal
redactada en una web, si quiere demostrar un poquito de rigor, podría haber
pedido copia de la documentación al Colegio de Veterinarios o a la Fundación
Protectora, a cualquiera de las dos partes, que se lo hubiéramos facilitado
encantados. Ah, no, que a nosotros, a pesar de tenernos siempre en la boca,
nunca nos ha pedido una reunión para conocer nuestro punto de vista, le ha sido
suficiente con el de los empresarios y ha juzgado directamente sin hablar con
nosotros.
La Fundación Protectora de Animales del Principado de
Asturias no tiene ninguna sentencia en su contra por competencia desleal ni
ningún fallo contra ella por ningún otro asunto en ningún juzgado, así que
difícilmente el fallo contra otra entidad puede tener clara vinculación con
nuestro proyecto, por ser, exactamente eso, un fallo contra otra entidad, no
contra la nuestra. El silogismo es de tal gravedad y absurdez como decir que si
condenan a un concejal del PSOE por prevaricación todos los concejales del PP
que han sido denunciados por prevaricación en éste país son obviamente
culpables.
3º La Fundación Protectora de Animales del Principado de
Asturias, en ningún momento ha pretendido ni pretende incumplir ninguna ley. De
hecho, el primer trámite que hizo y tal como consta en el expediente fue
consultar en qué tipo de terrenos se podía hacer una instalación de estas
características y la respuesta fue: terreno no urbanizable de interés y fue por
ello que adquirió un terreno no urbanizable de interés. En el informe de la
CUOTA, queda recogido que el terreno es el adecuado y se piden una serie de
modificaciones/salvedades que se han hecho tal y como nos indican y así
seguiremos, respetando la ley en todos sus puntos y modificando el proyecto las
veces que sean necesarias hasta que se adapta a todos los parámetros legales
que se nos indiquen hasta el más mínimo detalle.
Muy bien contestado y desde aquí mi aplauso pero un partido que considera la matanza de toros como un bien cultural y lo protege que nadie espere que entiendan que la vida no solo en los humanos hay que preservarla tambien en los animales y en la naturaleza.
ResponderEliminarSoy de Tamon y he aplaudido ese proyecto desde que lo conocí. Y excepto 4 mangarranes cazadores no conozco a nadie que no esté de acuerdo.